viernes, 14 de marzo de 2014

Arba Domicilio Fiscal Electrónico

Desde el 15 de Marzo de 2014 los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y los Agentes de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires deberán utilizar en forma obligatoria el Domicilio Fiscal Electrónico -Resolución Normativa 7/14 de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA)- que les permitirá tomar conocimiento de los avisos, citaciones, intimaciones de pago, notificaciones y comunicaciones en general que el Organismo les remita

Para estos casos, el primer acceso a la aplicación deberá concretarse obligatoriamente dentro de un plazo de 30 (treinta) días contados a partir del 15 de Marzo. En tanto que los contribuyentes de los Impuestos Inmobiliario y/o a los Automotores/Embarcaciones, no alcanzados inicialmente por la obligatoriedad, podrán constituir voluntariamente el Domicilio Fiscal Electrónico (Adhesión Voluntaria). 


Se entiende por Domicilio Fiscal Electrónico al sitio informático personalizado, registrado por los contribuyentes y responsables para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y para la entrega o recepción de comunicaciones de cualquier naturaleza. Dicho domicilio producirá en el ámbito administrativo y judicial, los efectos del domicilio fiscal constituido, siendo válidas y vinculantes todas las notificaciones, emplazamientos y comunicaciones que allí se practiquen, constituyendo las mismas medio de prueba suficiente de su existencia y de la información contenida en ellas. 

En este caso, el Domicilio Fiscal Electrónico estará conformado por un perfil de usuario específico y único para cada sujeto, que se encontrará asociado a la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente o responsable, y cuya clave de acceso será su Clave de Identificación Tributaria (CIT). En él, la Agencia de Recaudación efectuará todo tipo de comunicaciones digitales en materia tributaria y catastral -incluyendo el envío de Boletas para el pago del Impuesto Inmobiliario y/o del Impuesto a los Automotores/Embarcaciones, de corresponder-. (Datos Requeridos - Errores)

Será responsabilidad exclusiva del contribuyente acceder a su Domicilio Fiscal Electrónico de manera periódica para tomar conocimiento de los avisos, citaciones, intimaciones, notificaciones y  comunicaciones que ARBA realice de manera informática, debido a que se considerarán perfeccionados en el siguiente momento (lo que ocurra primero):
|- El día que el contribuyente o responsable proceda a la apertura del documento digital que contiene la comunicación, mediante el acceso a dicho domicilio, o el siguiente día hábil administrativo si aquel fuere inhábil; o
|- Los días martes y viernes inmediatos posteriores a la fecha en que las notificaciones o comunicaciones se encontraran disponibles en el citado domicilio, o el día siguiente hábil administrativo, si algunos de ellos fuera inhábil.

Afortunadamente, el ingreso al Domicilio Fiscal Electrónico podrá ser realizado durante las 24 (veinticuatro) horas del día, durante todos los días del año -y no como la consulta de deuda de Ingresos Brutos que sólo se puede realizar después de las 17 Hs-. Sin perjuicio de ello, sería aconsejable informar los datos de contacto como el correo electrónico, teléfono móvil o cuentas registradas en redes sociales de internet, dado que cuando cuente con cualquiera de ellos el Organismo, mediante un aviso dirigido a alguno de esos medios, podrá facilitar el conocimiento de la comunicación disponible en el Domicilio Fiscal Electrónico.

Todos los avisos, citaciones, intimaciones, notificaciones y/o comunicaciones en general, remitidos al Domicilio Fiscal Electrónico, permanecerán disponibles en el mismo durante un plazo máximo de 180 (ciento ochenta) días corridos desde su perfeccionamiento. Superado dicho lapso, los mismos serán removidos. 

La falta de acceso al Domicilio Fiscal Electrónico no obstará a su constitución y plena vigencia y validez.


Por AMI Consultora Contable
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8 comentarios:

  1. hace unos días que entro para establecer el domicilio electrónico y no encuentro ninguna opción. Por favor alguien me dice como hacerlo.

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    1. Hola Carolina, aún no está habilitado la opción para adherirse. Hice la consulta en el Organismo y me respondieron que esta tarde está prevista la publicación en el sitio web de Arba. Habrá que seguir esperando. Saludos

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  2. Hola me llamo Verónica y quisiera saber como activar el domicilio fiscal electronico, porque ingreso en la página de ARBA, clikeo en la imagen del domicilio y no me aparece para cargar la CUIT y la CIT.
    Agradeceria mucho quien pueda ayudarme
    Gracias!!

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    1. Hola Verónica, debes ingresar en la página de ARBA en la parte que dice Domicilio Fiscal Electrónico (http://www.arba.gov.ar/Apartados/DomicilioFiscalElectronico.asp).
      Ahí debes ingresar a Ver sus notificaciones y luego requiere la CUIT del contribuyente y su CIT.
      Espero que pueda ayudarte con la explicación. Saludos

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  3. Hola, queria saber que ocurre con el contribuyente que no tiene acceso a internet. Desde ya, muchas gracias.

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    1. Hola, el Domicilio Fiscal Electrónico es obligatorio para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y los Agentes de Recaudación.
      Sería conveniente que encuentre alguna manera de constituir el DFE y poder recibir las notificaciones en algún medio de contacto informado, por ejemplo el número del teléfono celular del contribuyente o el correo del contador. Saludos

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  4. hola... queria preguntar desde la notificacion q manda arba, dice q tenemos 5 dias para entrar... bueno a mi se me pasaron eso dias, y me dice: /// Ticket de acceso no válido
    El tiempo de espera para acceder se agotó. Vuelva a intentarlo. /// agradeceria saber q hacer. muchas gracias saludos.

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